12/02/2012

 

CONTESTAMOS UNA NOTA PERIODISTICA CUYO RECORTE GUARDAMOS.-

Nacimos, en medio de dificultades propias del Instituto Policial y las rémoras del pasado, pero ya en clandestinidad había actividad de valientes y en el anonimato de muchos Policías.-

La Sociedad de funcionarios Policiales en actividad y retiro, de la Administración Central – Sindicato Policial, conocido como SUPU, ya que ha intentado a través de un pedido de reforma estatutaria el nombre de “Sindicato Único de Policías del Uruguay”, hasta ahora sin éxito, se abrió paso en medio de ellas, con gallardía, con honestidad y con la mira puesta siempre, en mejorar las condiciones de vida y de trabajo del policía y sus familias, teniendo claro debemos ser prácticamente “Profesionales”, por en esta fuerza se pelean esos derechos.

Ese es nuestro norte y de ello, nunca nos apartamos un ápice.-

Nuestro origen fue limpio y limpia es nuestra trayectoria. Nuestra acción nunca estuvo, ni está vinculada a ningún objetivo político partidario subalterno, económico, o a interés personal alguno, ni tampoco a alimentar las ansias de protagonismo del algún personaje. No somos ni seremos instrumento de partido político, ni de gobierno alguno, corrientes de opinión, solo admitiremos ser instrumento para la sagrada defensa del policía y sus familias, demostración de ello fue la coparticipación para lograr blanquear aportes salariales, del 222 y los dos años cada 5 de trabajo de bonificación para el retiro, por trabajo insalubre, entre otros logros, hecho por el cual junto a otros denunciamos ante la OIT en Ginebra.-

Los dirigentes han sido electos por el voto de sus compañeros de trabajo, en forma libre y sin presiones de ninguna clase, en la última a pesar de haber lista única fue supervisada por la corte electoral, Son policías en actividad y en retiro, por que así lo permite el estatuto de la propia personería jurídica , aunque esto no le agrade a algún jerarca, sin perjuicio de lo establecido en la Constitución y la ley Orgánica vigente.-

Pero, así es la democracia sindical: los pares eligen aquellos hombres que consideran que son dignos para que los representen y eso es algo que atañe sólo al sindicato, a más nadie, lo que salió en la prensa y tenemos recortes son “Injerencias” en nuestra interna, que no corresponden, que afectan la “libertad Sindical”.-

Somos policías en actividad o retirados (ahora hay un poco más de afiliados porque son la gente que se está retirando, que tienen derechos adquiridos que estamos peleando) y que le restan tiempo y trabajo a sus propias familias, para entregárselo a la noble causa de atender los problemas funcionales o privados de sus compañeros y a veces ver amenazas escritas que van y vienen de la jerarquía Ministerial

Se han librado muchas batallas, se han conseguido varios logros que no vamos a detallar, pero aún restan muchos por obtener para beneficio del policía en general.-

Nuestras metas inmediatas son:

1-Proponer reformas a la Ley orgánica policial para mejorar la situación laboral y estatutaria del policía y contribuir mejor a la seguridad pública.-

2-Se presentó proyecto con medidas para reformular el régimen disciplinario, para que no se apliquen dobles sanciones al policía y prime la justicia,(acá va a haber sorpresa, solo pedimos paciencia)

3-Seguir mejorando los salarios tal cual lo aconseja la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y las condiciones de trabajo, tan deplorables en establecimientos carcelarios y otras unidades, que deben mejorar en forma urgente.

4-Bregar para que se corrijan los errores de liquidación y se nos pague lo que nos adeudan, según la demanda presentada, por nuestro sindicato en casi todos los departamentos.-

5-Hacer cumplir las normativas en el respeto a la libertad Sindical y representatividad, si es necesario ante organismos Internacionales, esperemos que no, amén de seguir trabajando en las Comisiones del Parlamento y con todos los partidos allí representados.-

6-Mejorar las condiciones sociales de la familia policial con planes de vivienda, que hasta ahora han sido de papel, incluso, fondos que no se supieron su destino, negar terrenos que están prácticamente inútiles, por el propio Ministerio del Interior, para la construcción de planes de cooperativas ya formadas y con personería jurídica, becas de estudio y otras ayudas sociales .-

Por nuestro carácter apartidista , por nuestra naturaleza sindical verdadera , por nuestro pensamiento apolítico y equidistante que alberga a afiliados de todas las procedencias , porque no le hacemos mandados a ningún sector ni al propio Gobierno que respetamos por ser electo por la ciudadanía , nos califican de “rebeldes ” o “radicales”, incluso una publicación dice “- hay que buscar la forma desaparezcan”.-

Tal vez tengan razón: somos rebeldes porque nos rebelamos contra la injusticia, contra los aún bajos salarios, para lo que exige y genera este trabajo, nos rebelamos contra las quitas que generan las malas liquidaciones de sueldo y las sanciones mal aplicadas, con formas de abuso. Contra las penosas condiciones en que prestan servicios en cárceles y demás. Pero en un marco de respeto y diálogo, que de no prosperar dará paso a las acciones jurídicas correspondan en todos los niveles posibles, porque no vamos a permitir como el sindicato más representativo, se nos discrimine, por pensar distinto en algunas cosas, y es claro que no necesitamos ayuda extra dependemos de nosotros mismos.-

Somos radicales, que significa nacer o venir de la raíz. Entonces somos radicales, porque hemos nacido y venimos de las entrañas mismas de la familia policial y la conocemos, porque las hemos pasado y sufrido, las peripecias de ser policía , y estamos entre Policías y no dirigidos ni digitados por quienes nunca lo fueron, perteneciendo a otras actividades, y alguno que llevó la ropa y pasó por la Policía, pero tampoco por la ejecutiva.-

Nosotros tampoco nos creemos dueños de la verdad, tenemos defectos y virtudes como cualquier humano, pero lo que nunca haríamos es “vender el rico patrimonio de los orientales, al bajo precio de la necesidad” , es mejor seguir luchando de pié, las cosas caen por su propio peso más aquí o más allá.-

LA DIRECTIVA NACIONAL.


19/01/2012.

 

Convocan a marcha para exigir renuncia de Bonomi

La iniciativa parte de un grupo de ciudadanos que llama a participar a través de las redes sociales. La manifestación no tiene colores políticos y culminará en la Torre Ejecutiva

+ El Observador  - 18.01.2012, 11:50 hs - ACTUALIZADO 11:56 Texto:   -A  A+

Un día después de que el ministro del Interior, Eduardo Bonomi compareciera en el Parlamento por la ola de violencia e inseguridad que se registró en los primeros días del año, un grupo de ciudadanos inició una campaña a través de las redes sociales, convocando a una “marcha multitudinaria” para exigir la renuncia del secretario de Estado.

La manifestación, que se realizará el próximo martes 24 de enero, partirá desde el Obelisco con destino a la Torre Ejecutiva. “Buscamos con esto hacer escuchar la voz del pueblo”, se señala en el blog  renunciabonomi.blogspot.com

La marcha no tiene color político, por eso solo se utilizarán banderas uruguayas y se convoca a los “uruguayos de todos los sectores” que “estén preocupados por la inseguridad y que rechacen la gestión del actual Ministerio del Interior”.

El post del blog que invita a la convocatoria se dirige directamente al ministro. “Sr. Eduardo Bonomi, se terminó el tiempo. El pueblo uruguayo no puede ni quiere esperar más. Miles de ciudadanos hoy, pedimos su renuncia”.

Este martes, luego de la comparecencia de Bonomi en el Parlamento, la oposición quedó disconforme con los argumentos del ministro e incluso el senador colorado, Alfredo Solari llegó a pedir su renuncia en sala.

Apelando a esto, los responsables del blog le recriminan al secretario de Estado. “La reciente interpelación (por la comparecencia del ministro este martes en la comisión permanente del Parlamento) fue solo una muestra más (de tantas otras) de que Ud no está a la altura de las circunstancias, no tiene respuestas, no tiene objetividad, no tiene un plan, no tiene soluciones, solo excusas”.

“Mientras las víctimas de la delincuencia lloran sus pérdidas Ud solo tiene excusas, mientras las personas de bien tienen que vivir encerradas, Ud solo tiene excusas, mientras el Uruguay pierde uno de sus mayores activos (la tranquilidad) Ud solo tiene excusas”, señalan.

“Lo que Ud. hace pareciera ser una tomada de pelo sin precedentes, una falta de respeto total a todas las víctimas de la delincuencia y a toda la sociedad  en su conjunto”, continúa, al tiempo que afirma que el pueblo uruguayo no quiere seguir viviendo en la situación de inseguridad actual.

“No nos resignamos a sentarnos a mirar como la ineficiencia, la falta de profesionalismo y la falta de autocrítica de los responsables de la seguridad pública”, se afirma al tiempo que se le exige a Bonomi que asuma que “ha fracasado en su gestión”.

 


1/10/2011.


5/02/2011.

Modo de compactibilidad.

Asunto paro en la 7º de Montevideo.

Ministro del Interior Eduardo Bonomi: "Hay manija y una desinformación muy grande" "El primer servicio esencial es la Policía , que no puede hacer paro", reiteró que los policías prestan "un servicio esencial", de acuerdo a lo establecido por la Constitución de la República , y concluyó en tal sentido que tales funcionarios están inhabilitados para adherir a medidas de fuerza como los paros de actividades”. (" La República ” 04/02/2011)

Para hablar de desinformación, hay que informarse. Señor Ministro, señores asesores policiales de Jorge Vázquez y a los legisladores del oficialistas y de la oposición, todos demuestran la más amplia ignorancia en el tema, y algunos forman opiniones, toman decisiones, y otros formas abogados.

El Estado reconoce a los sindicatos policiales, no existe la menor duda, incluso en las declaraciones de las actuales autoridades. Meridianamente claro, incluyen todos los grados policiales.

La Constitución de la Republica Oriental del Uruguay, en su Artículo 57, dice expresamente: “La ley promoverá la organización de sindicatos gremiales, acordándoles franquicias y dictando normas para reconocerles personería jurídica. DECLÁRASE QUE LA HUELGA ES UN DERECHO GREMIAL. Sobre esta base se reglamentará su ejercicio y efectividad”.

¿Qué parte del derecho constitucional de huelga no entendieron? ¿Acaso necesitan un traductor del español?

“El Ministerio del Interior separó del cargo e inició sumario a 17 policías de la seccional 7ª pertenecientes al barrio Prado por haber realizado un paro mientras hacían asamblea”. (El Espectador” 03/02/2011)

“No hubo una medida como para que los policías fueran llevados a Jefatura y se les haya sacado el arma”. En este sentido, expresó que el sindicato tomará la medida de “cubrir la parte jurídica a los socios y al que quiera de los 17 que fueron conducidos a Jefatura”. (Francisco Ríos presidente del Sindicato Policial de Montevideo. "El Espectador” 03/02/2011)

El Ministerio del Interior, se salteo la legislación, y así violo los Derechos Humanos del policía: Decreto 500/91. Sección III. De los Sumarios e Investigaciones Administrativas.

Título I. Disposiciones Generales. Art. 182. “La investigación administrativa es el procedimiento tendiente a determinar o comprobar la existencia de actos y hechos irregulares o ilícitos dentro del servicio o que lo afecten directamente y a la individualización de los responsables”.

Art. 183. “El sumario administrativo es el procedimiento tendiente a determinar o comprobar la responsabilidad de los funcionarios imputados de la comisión de falta administrativa (artículo 169) y a su esclarecimiento”.

Art. 184. “Si en el curso de la investigación administrativa fueran individualizados uno o más imputados, se solicitará que por la autoridad pertinente se decrete a su respecto el sumario”

No hubo investigación administrativa, por lo cual no puede haber sumario, ¿Qué parte del idioma español no entienden?

Título II. De la iniciación de los sumarios e investigaciones administrativas y de las suspensiones preventivas. Art. 185. “Todo sumario o investigación administrativa se iniciará con resolución fundada del jerarca de la respectiva Unidad Ejecutora que lo disponga, la que formará cabeza del proceso.

Art. 186. Al decretarse un sumario, el jerarca nombrado en el artículo anterior, podrá disponer la suspensión preventiva...”

Art. 187. La suspensión preventiva en el desempeño del cargo de los funcionarios sumariados es preceptiva cuando los hechos que motivan la información constituyan falta grave. La misma lleva aparejada la retención de los medios sueldos correspondientes.

Ley Orgánica Policial. 13.963. Sección IV. De la Suspensión del Estado Policial

Art. 33o. “El Estado Policial se suspende, cuando el policía incurra en actos expresamente determinados por la ley.

“Cuando el Policía, de cualquier jerarquía, sea suspendido sin perjuicio de mantener las obligaciones compatibles con la función, no podrá hacer uso de los derechos al mando ni a lo establecido en los incisos "A" y "C" del Art. 31o. de la presente ley”.

Sección II Derechos inherentes al estado policial:

Art. 31o. A. El uso del título, uniformes, insignias, atribuciones y armamento correspondiente a cada grado.

C. El ejercicio de las facultades disciplinarias que para cada grado y cargo se acuerden.

Si no hay sumario, no hay suspensión. Pero además no hay retención de los medios sueldos.

Aún es peor, se les priva de la libertad, se les violan sus derechos legales, (inciso A y C Art. 31 LOP), sin mediar procedimiento legal, porque el policía se ajusto a la Ley 18719 que forzó este gobierno. Así viola nuevamente sus derechos constitucionales, y deber de cumplir con la ley.

Ley 18719 Art. 209: "Habilítase una partida de $ 213.348.994 a los efectos de abonar una compensación mensual individual a la que tendrán derecho los integrantes del subescalafón Ejecutivo en la categoría de personal subalterno del escalafón L "Policial", que estén prestando servicios efectivos permanentes en tareas directas de prevención y represión de delitos”. (Presupuesto Nacional. Período 2010 - 2014. Aprobación. Montevideo, 27/12/2010)

En español: aquellos policías que no perciban dicho monto ($ 600.-), no realizan servicio efectivo en tareas directas de prevención y represión de delitos. Es decir no salen a la calle.

De derecho los policías ejecutivos no cobraron con cargo a enero y por tanto tampoco corre para febrero 2011, autorización para realizar servicio de calle. No pueden salir a la calle porque así se los prohíbe la Ley 18719. Ergo que los policías de la Seccional 7ª., como el resto de los policías que no tienen en su recibo tal suplemento, no pueden salir a la calle, sino lo hicieron están ajustado a derecho, y autorizados por la ley y las autoridades del gobierno.

“Sobre las 18.00 horas de ayer, una camioneta con varios efectivos del Grupo Especial de Patrullaje Preventivo (GEPP) llegó hasta el destacamento policial a relevar a los funcionarios que no estaban trabajando. Los policías que tomaron la medida fueron trasladados en tres viajes hasta la Jefatura de Policía de Montevideo”. (Juan Andrés Elhordoy "El Espectador” 03/02/2011). Omitió decir que fueron agredidos los policías de la Seccional , por personal del GEPP.

Los policías del GEPP que actuaron, si en su recibo no figura el pago del Art. 209 de la Ley 18719, estaban actuando en forma ilegal, incluso estaban dando cumplimiento a un acto político, que esta expresamente prohibido por la Constitución de la República Art. 77. 4º) “,y los funcionarios policiales de cualquier categoría, deberán abstenerse, bajo pena de destitución e inhabilitación de dos a diez años para ocupar cualquier empleo público,…en general ejecutar cualquier otro acto público o privado de carácter político, salvo el voto”

“Carácter político”. El Derecho Administrativo viene a armonizar o a conciliar las prerrogativas de los poderes públicos con el ejercicio de los derechos subjetivos de los ciudadanos, uno de carácter político (la llamada división de poderes). Cuando el poder ejecutivo actúa a través del Gobierno como órgano político, hoy día es posible que también esos actos de carácter político (decisiones del Gobierno, etc.) puedan producir daños antijurídicos que deban ser indemnizados. (Derecho Administrativo español)

“Carácter político”. El legislador constitucional nunca consideró al municipio como autárquico, la autarquía proviene del derecho francés, no siendo fuente jurídica para los convencionales. Nuestro municipio es una comunidad natural que la constitución reconoce, no lo crea, de allí que sea una institución de carácter político. (Celia Maldonado de Álvarez. "La autonomía municipal" Argentina)

Sí, los policías de la seccional se ajustaron a derecho, el traslado a la Jefatura de Policía en condiciones de conducidos, constituye el delito de “Privación de Libertad”, el mismo que se aplicaba con los arrestos.

El Código Penal en su artículo 281, define la Privación de libertad: El que de cualquier manera privare a otro de su libertad personal, será castigado con un año de prisión a nueve años de penitenciaría.

Artículo 282. (Agravantes) Son circunstancias agravantes especiales y la aplicación del máximo se considerará justificada cuando el delito se cometa :

1. Por un funcionario público, o contra un funcionario público en el ejercicio de sus funciones o con motivo de haberlas ejercido.

2. Con amenazas o sevicias.

3. Por espíritu de venganza o con propósito de lucro, para utilizar coercitivamente los servicios de la víctima.

Constituye una agravante muy especial el hecho de que el delito se cometa con el fin de obtener de las autoridades públicas, a cambio de la liberación, una ventaja o provecho en beneficio propio o ajeno, consiguiendo o no su objeto, o cuando el hecho obedeciera a móviles políticos o ideológicos. La pena será de seis a doce años de penitenciaría.

Es decir el gobierno, no solo violo los derechos humanos de los policías, sino que lo hizo porque estos se ajustaron a cumplir con la Ley , lo que esta mandatados en la Ley Orgánica Policial.

“Estuvimos en la 7ª y los policías dijeron que ellos no pararon. Estaban realizando sus trabajos. Vimos que ellos salían en los móviles y atendían a la gente. En ningún momento hubo un paro, como dijeron. Nos hicimos presentes con la abogada por el tema de los socios porque sabíamos de la orden de que se llevaban al personal para Jefatura de Montevideo” (Francisco Ríos presidente del Sindicato Policial de Montevideo. "El Espectador” 03/02/2011)

“El ministro del Interior, califico como "gravísimo" que los policías paralicen la recepción de denuncias o el patrullaje, Bonomi”. (" La República ” 04/02/2011)

¿Qué parte del Derecho no entiende el Ministro y el gobierno? Capitulo I. De la denuncia y el delito flagrante. Artículo 105. (Facultad de denunciar). “Toda persona que tenga conocimiento, por cualquier medio, de la comisión de un delito perseguible de oficio, puede denunciarlo ante la AUTORIDAD JUDICIAL O policial”. (Denominada Decreto-Ley por Ley 15.738. Ley N º 15.032) Código de Proceso Penal Vigente.

Ley 16.893. Titulo II. La Noticia Del Delito. Artículo 230. (Facultad de denunciar). “Cualquier persona que tenga conocimiento de circunstancias o elementos que demuestren o hagan presumir la comisión de un delito perseguible de oficio puede denunciarlo ANTE EL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO O las autoridades con funciones de policía”. Artículo 231. (Deber de denunciar). “El deber de denunciar establecido en el artículo 177 del Código Penal deberá cumplirse ante EL MINISTERIO PÚBLICO”. Código Procesal Penal votado, y parcialmente aplicado.

¿Dónde esta los “gravísimo”? Señor Ministro.

Lo que es gravísimo, es que el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), era para sustituir el IVA (Impuesto al Valor Agregado), de acuerdo a lo informado en el parlamento por el Cr. Danilo Astori (ver diario de sesiones). Lo cual no se cumplió, habiendo doble tributo.

“Si en el Uruguay tenemos alrededor de un 1.600.200 trabajadores y el 80% no paga IRPF, entonces tenemos que un 1.300.000 ganan menos de $ 15.000.- Pero se sabe también que 800.000 ganan menos de $ 10.000.-. A eso podemos agregarle que unos 650.000 cobran menos de $ 10.000.- de jubilación. Entonces, en el Uruguay tenemos unos 300.000 trabajadores que ganan mas de $ 15.000.-, unos 500.000 ganan entre $ 10.000.- y $15.000.- y 800.000 que ganan menos de $ 10.000.-, a los que habría que agregar unos 650.000 jubilados que cobran menos de $ 10.000.- Resumiendo. De los 3.000.500 de uruguayos, aproximadamente 2.000.000 deben mantener a sus familias o subsistir con menos de $ 15.000, pero lo que es peor es que de esos 2.000.000, mas de 1.400.000 lo tienen que hacer con menos de $ 10.000.-. Esto es lo que sembramos, en un país en que la economía crece a “tazas chinas”. (“ La República ” Cambalache. 04/02/2011)

A los Agentes de Policías, les aumentaron hasta pasar la franja menor, así le descuentan IRPF, ergo el que tiene menos, ahora paga impuesto.

Luciano Posada.